sábado, 2 de mayo de 2015

02.05.15 - OFERTAS DE EMPLEO PUBLICO EN SERVICIO MURCIANO DE SALUD.


02.05.15 - OFERTAS DE EMPLEO PUBLICO EN SERVICIO MURCIANO DE SALUD.

SERVICIO MURCIANO DE SALUD. CONSEJERIA DE SANIDAD Y POLITICA SOCIAL
BORM (Boletín Oficial de la Región de Murcia) 29/04/2015 Núm. 97/2015 [ Pág. 17616] Marginal 5226
Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del acuerdo del Consejo de Administración por el que se aprueba la oferta de plazas del Servicio Murciano de Salud, correspondiente al año 2015, que han de ser provistas mediante el procedimiento de promoción interna
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El pasado día 13 de abril de 2015, el Consejo de Administración del Servicio Murciano de Salud aprobó la oferta de plazas del Servicio Murciano de Salud, correspondiente al año 2015, que han de ser provistas mediante el procedimiento de promoción interna.
A la vista de ello, con el fin de favorecer su general conocimiento, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Ley 5/2001 de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud,
Resuelvo:
La publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo del Consejo de Administración de 13 de abril de 2015, por el que se aprueba la oferta de plazas del Servicio Murciano de Salud, correspondiente al año 2015, que han de ser provistas mediante el procedimiento de promoción interna.
Murcia, 14 de abril de 2015.—El Director Gerente, Manuel Ángel Moreno Valero.
Acuerdo del Consejo de Administración por la que se aprueba la oferta de plazas del Servicio Murciano de Salud, correspondiente al año 2015, que han de ser provistas mediante el procedimiento de promoción interna
1.º) La Disposición Adicional Vigésima de la Ley 13/2014, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2015, dispone que durante el presente ejercicio la aprobación de la oferta de empleo público únicamente podrá llevarse a cabo en los términos establecidos en la normativa estatal, previa negociación con las organizaciones sindicales en la Mesa General de Negociación.
2.º) En este sentido, la vigente Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, si bien limita la posibilidad de convocar procesos selectivos de acceso al empleo fijo en la Administración Pública, al fijar por medio de su artículo 21.Uno.2 una tasa de reposición de hasta un máximo del 50 por ciento de los efectivos en las Administraciones Públicas con competencias sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud, establece por medio de su apartado 3 que para el cálculo de la tasa de reposición no computan las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.
A su vez, y según indica el apartado Siete del citado artículo, tienen carácter básico los apartados Uno, Dos, Cinco y Seis del mismo, al haberse dictado al amparo de los artículos 149.1.13.ª y 156.1 de la Constitución.
3.º) El Servicio Murciano de Salud considera de especial importancia que sus empleados fijos puedan acceder, a través del procedimiento de promoción interna, a opciones profesionales del mismo Subgrupo o Grupo de clasificación o de otro superior, como forma de desarrollo de su carrera administrativa y medio de incentivar su preparación y dedicación a sus puestos de trabajo.
Junto con ello, se ha de tener en cuenta que la promoción interna constituye un medio de planificación de los recursos humanos y contribuye a la mejora de la prestación de los servicios.
4.º) Al mismo tiempo, para facilitar la labor de los opositores y simplificar los procesos de selección, los puestos de trabajo incluidos en el Acuerdo de 10 de diciembre de 2014 del Consejo de Administración, que aprobó la oferta de plazas del Servicio Murciano de Salud, correspondiente al año 2014, que han de ser provistas mediante el procedimiento de promoción interna (BORM de 18-12-2014), se convocarán de forma conjunta con los incluidos en la presente oferta.
Artículo 1.- Aprobación de la oferta de plazas, correspondiente al año 2015, que han de ser provistas por el procedimiento de promoción interna.
Con el objeto de facilitar la carrera administrativa del personal estatutario fijo de Servicio Murciano de Salud y de atender las necesidades de personal de este organismo, se aprueba la oferta de plazas, correspondiente al año 2015, que han de ser provistas por el procedimiento de promoción interna, en los términos que se recogen en el presente Acuerdo.
Artículo 2. Oferta de empleo. Determinación de las plazas que se incluyen en la misma.
1. La presente oferta incluye un total de 153 puestos, que se detallan en el Anexo I.
2. Para facilitar este proceso se podrán transformar en plazas de Administrativo los puestos de Auxiliar Administrativo que ocupen aquellos que, perteneciendo a la categoría de Técnico Auxiliar no Sanitario/opción Auxiliar Administrativo, accedan a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista no Sanitario/opción Administrativo.
Artículo 3. Sistema de acceso.
El acceso a estos puestos, de conformidad con lo establecido en los artículos 34.3 y 48 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, respectivamente, se realizará por el sistema de concurso-oposición.
Artículo 4. Requisitos de titulación.
Los requisitos de titulación para participar en los procesos selectivos que se deriven de la presente Oferta de Empleo serán los que establezca el Decreto 119/2002, de 4 de octubre, por el que se configuran las opciones correspondientes a las categorías del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud en el momento de la publicación de las correspondientes pruebas selectivas.
Sin perjuicio de lo anterior, en las distintas convocatorias se establecerán en su caso, las adaptaciones que sean precisas como consecuencia de la normativa básica, y en particular por lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, por la introducción de las nuevas titulaciones universitarias derivadas del Espacio Económico Europeo de Educación Superior, así como aquellas otras equivalencias que sea necesario realizar al respecto.
A su vez, y en lo que se refiere a los títulos de especialista en Ciencias de la Salud, se tendrá en cuenta igualmente lo dispuesto en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 34.5 del Estatuto Marco, no será exigible el requisito de titulación para el acceso a las categorías incluidas en el artículo 7.2.b) de dicha norma, salvo que sea necesaria una titulación, acreditación o habilitación profesional específica para el desempeño de las nuevas funciones, siempre que el interesado haya prestado servicios durante cinco años en la categoría de origen y ostente la titulación exigida en el grupo inmediatamente inferior al de la categoría a la que aspira a ingresar.
Artículo 5.- Prohibición de supresión de plazas.
Las plazas incluidas en la presente Oferta de Empleo deberán mantenerse en la correspondiente plantilla, con la suficiente dotación presupuestaria, hasta que termine el procedimiento selectivo.
Artículo 6.- Derechos del personal con minusvalía.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, se reservará un 7 por ciento de las plazas ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de modo que, progresivamente, se alcance el 2 por ciento de los efectivos totales del Servicio Murciano de Salud.
A su vez, la concreción de los puestos a convocar por este turno se ajustará a lo establecido en el Decreto n.º 93/2011, de 27 de mayo, sobre el acceso y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración Pública de la Región de Murcia, lo que supone, que la reserva mínima a que se refiere el apartado primero del presente artículo se desglosará de la siguiente manera:
a) Un cupo no inferior al 5 por ciento de las vacantes se reservará para ser cubierto por personas cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 33 por ciento.
b) Un cupo no inferior al 2 por ciento de las plazas vacantes se reservará para ser cubierto por personas con discapacidad intelectual, excepto en las categorías/opciones de personal que desarrolle cometidos asistenciales.
Artículo 7. Convocatoria conjunta de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público correspondientes a los años 2014 y 2015.
Las plazas correspondientes a las mismas opciones incluidas en la oferta de plazas del Servicio Murciano de Salud, correspondiente al año 2014, que han de ser provistas por el procedimiento de promoción interna, que fue aprobada por el Acuerdo de 10 de diciembre de 2014, del Consejo de Administración (BORM de 18-12-2014) y en la presente oferta serán incluidas en una sola convocatoria.
Disposición adicional primera. Páginas web de información.
Con el objeto de facilitar la información sobre los procesos selectivos que se derivarán de la presente Oferta de Empleo de Promoción Interna, se instalarán, a disposición de los ciudadanos las siguientes páginas «web»: www.sms.carm.es/somos, (intranet) www.murciasalud.es/oposicionsms (internet).
Disposición final primera.- Habilitación.
Se faculta al Director Gerente del Servicio Murciano de Salud para que adopte las medidas necesarias en aplicación y desarrollo y ejecución de este Acuerdo.
Disposición final segunda.- Entrada en vigor.
El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Contiene anexo

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Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del acuerdo del Consejo de Administración por el que se aprueba la oferta de plazas del Servicio Murciano de Salud, correspondiente al año 2014, que han de ser provistas mediante el procedimiento de promoción interna.
Ley 13/2014, de 23 de diciembre de 2014, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2015.


(c) Consejería de Sanidad y Política Social de la Región de Murcia
Ronda de Levante, 11, 30008, Murcia
Teléfono de información de sanidad: 968 365 900

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